El suscrito Secretario Adjunto de Rentas Aduanera al público en general HACE SABER: Que dando cumplimiento al Título VII capítulo único del Abandono, Subasta y otras Formas de Disposición de las Mercanciías del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) y Titulo VII capítulo I, II, y III del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), someterán a Venta Directa mercancías perecederas de conformidad con el Articulo 614 del RECAUCA, declaradas en abandono en la Aduana de PUERTO CORTES, y que se encuentran almacenadas en las instalaciones del Déposito Temporal: OPERADORA PORTUARIA CENTROAMERICANA S.A. DE C.V. (OPC) jurisdicci{on de la Aduana de Puerto Cortes, Departamento de Cortes, para ser sometidas al proceso de VENTA DIRECTA de conformidad a la Resolución DARA-294-A-2018 de fecha 26 de enero del año 2018. Bajo las siguientes condiciones: