La Administración Aduanera de Honduras a las empresas suscriptoras de Contrato de Servicios Aduaneros bajo el beneficio de Zona Libre en la modalidad de Operadoras Usuarias, Depósitos, Recintos de Aduanas y Tiendas Libres de Impuesto, comunica lo siguiente:
1. Que, para dar cumplimiento con el Contrato de Servicios Aduaneros en las cláusulas relativas a la forma de pago y recargo por morosidad, deberán de notificar el comprobante de pago por Canon Operacional de forma mensual y sin ningún tipo de requerimiento por parte de esta institución, al correo ga@aduanas.gob.hn dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes.
2. La omisión a lo establecido en el contrato de servicios aduaneros, será causal suficiente para proceder a suspender el servicio aduanero por falta de notificación o pago.
3. Queda sin valor y efecto cualquier instrucción girada con anterioridad a este comunicado.